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jueves, 19 de marzo de 2020

¿Puede servir un pantallazo de Whatsapp como prueba legal en Colombia?

Según análisis de la firma de comunicación digital LOOR, por un muestreo propio de más de diez mil procesos, concluyó que, en 6 de cada 10 procesos judiciales se presentan evidencias digitales, incluidos mensajes de WhatsApp y muchos de ellos en forma de pantallazos.

Bogotá, marzo del 2020. En la actualidad nuestras conversaciones, fotos y actividades cotidianas quedan registradas en nuestros teléfonos móviles gracias al avance imparable de la tecnología y aplicaciones como WhatsApp lo hacen posible. Solo esta plataforma permite compartir 42 mil millones de mensajes al día sin contar con las interacciones que se hacen a través de WhatsApp Bussines, aplicación que usan las compañías para generar relación con sus clientes.

Con este panorama, es un hecho que miles de mensajes de texto compartidos, más allá de las conversaciones cotidianas, pueden corresponder a temas altamente personales, secretos corporativos e incluso pruebas de ilícitos o delitos mayores, como en este caso:  
En medio de un típico caso de celos y machismo, Patricia** sufría de violencia intrafamiliar y era maltratada físicamente casi a diario por su esposo. Durante sus horas de trabajo, el hombre la amenazaba, por medio de mensajes de texto, en los cuales quedaba constancia de las agresiones y las lesiones que le causaba.
Para dejar constancia de estos mensajes, Patricia tomó pantallazos y se los envió a una amiga. Un día, en medio de una pelea, el esposo le quitó el celular y la amenazó de muerte. El celular nunca volvió a aparecer y Patricia decidió instaurar una demanda en contra de él. Ella presentó los pantallazos como prueba judicial en un juzgado de familia en Tunja como parte de su proceso de divorcio, pero en medio del juicio, estas pruebas no fueron aceptadas.
Según Andrés Guzmán Caballero, CEO de Adalid, empresa colombiana especializada en informática forense y seguridad de la información, “Colombia tiene una regulación acorde con el estándar mundial frente a la presentación en procesos judiciales de mensajes de datos, basado en la Ley Modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional – CNUDMI - sobre Comercio Electrónico que se adoptó con la ley 527 de 1999, y que de forma transversal se aplica a todas las jurisdicciones”.
Pero en el reciente fallo de tutela de la Honorable Corte Constitucional, se precisa “…reiteramos, que esa copia no es el documento electrónico original generado a través de la plataforma de mensajería, sino una simple reproducción de este (carente de metadatos), que por más que permita entrever la ocurrencia de aquellos sucesos invocados, no causa, per se, la necesaria convicción como para tener a estos por ocurridos”, afirma Guzmán Caballero.
Ahora bien, frente al tema de la valoración de los mensajes de datos como pruebas en el proceso, dicha ley regula explícitamente en su artículo 11: revisar en cada caso la confiabilidad en la forma en la que se haya generado, archivado o comunicado el mensaje. Así mismo, se debe revisar la confiabilidad de la forma en que se haya conservado la integridad de la información y la forma en que se identifique a su iniciador y cualquier otro factor pertinente.
“En este sentido, tampoco se podrá establecer la integridad del documento (es decir, que el mismo no fue alterado por la parte, o por terceros), o asegurar su necesaria preservación a los efectos de ser peritado con posterioridad”… “teniendo en cuenta que dichos pantallazos pueden ser fácilmente manipulables y que esta manipulación se puede hacer incluso sin mayores conocimientos técnicos, minimizando así el derecho de contradicción, se deben valorar tan sólo como prueba indiciaria”, precisa la norma.
Según el CEO de ADALID, “es de resaltar que existen múltiples plataformas de edición y hasta confección de pantallazos de WhatsApp, por ejemplo https://www.fakewhats.com/generator, en la que, de manera muy fácil, se pueden simular los íconos del operador y de la batería que aparecen en la parte superior de la pantalla de un móvil, y claro, los mensajes en toda su dimensión”. 
Aclaradas así las cosas, este tipo de pruebas son inútiles a menos que sean presentadas y procesadas de manera correcta luego de acudir a los servicios de un laboratorio de informática forense certificado que tenga la posibilidad de hacer toda la trazabilidad de los chats, y extraer y asegurar la información para esta sea válida como una prueba documental.

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